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Pieza principal del Sumario 18/98:

Celebración de la vista oral, cronología



    14/03/07 13/03/07 12/03/07 09/03/07 08/03/07 07/03/07
06/03/07 05/03/07 27/02/07 26/02/07 20/02/07 19/02/07 12/02/07 06/02/07
05/02/07 30/01/07 29/01/07 24/01/07 23/01/07 22/01/07 17/01/07 16/01/07
15/01/07 09/01/07 08/01/07 18/12/06 13/12/06 12/12/06 11/12/06 05/12/06
04/12/06 29/11/06 28/11/06 27/11/06 22/11/06 21/11/06 20/11/06 14/11/06
13/11/06 08/11/06 07/11/06 06/11/06 31/10/06 30/10/06 25/10/06 24/10/06
23/10/06 17/10/06 16/10/06 11/10/06 10/10/06 04/10/06 03/10/06
02/10/06 25/09/06 20/09/06 19/09/06 18/09/06 13/09/06 12/09/06 11/09/06
05/09/06 04/09/06 18/07/06 17/07/06 12/07/06 11/07/06 10/07/06 05/07/06
04/07/06 03/07/06 28/06/06 27/06/06 26/06/06 21/06/06 20/06/06 19/06/06
14/06/06 13/06/06 12/06/06 07/06/06 06/06/06 05/06/06 29/05/06 24/05/06
23/05/06 22/05/06 18/05/06 17/05/06 10/05/06 09/05/06 08/05/06 24/04/06
19/04/06 18/04/06 03/04/06 29/03/06 28/03/06 27/03/06 22/03/06 21/03/06
15/03/06 14/03/06 13/03/06 08/03/06 07/03/06 06/03/06 01/03/06 28/02/06
27/02/06 14/02/06 13/02/06 30/01/06 12/01/06 10/01/06 21/12/05 20/12/05
19/12/05 14/12/05 13/12/05 12/12/05 30/11/05 29/11/05 22/11/05 21/11/05

Auto de citación Sumario 18/98
Acusación fiscal

Documento word con las sesiones de la vista oral ordenadas cronológicamente



Las sesiones tienen lugar los lunes, martes y miércoles de cada semana. Así pues, lunes y martes contarán con la sesión de mañana y la sesión de tarde, y el miércoles será celebrada únicamente una sesión de mañana.

14/03/07
Sesiones 198 y 199
Termina la vista oral con un “Gora Euskal Herria askatuta!".

Iñigo Iruin realizó la última intervención de la defensa en este juicio, y el abogado dedicó sus postreras palabras a explicar que le hubiera correspondido a él defender ante la Sala a Jokin Gorostidi, fallecido en la primavera del año pasado de un paro cardiaco, precisamente la víspera de declarar ante el tribunal. Recordó que la Fiscalía acusaba al histórico militante abertzale de un “delito de integración” por su labor en favor de los deportados políticos vascos, por sus viajes hasta los últimos confines del mundo con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de estas personas. Iruin quiso recordar emotivamente las palabras de Gorostidi: “había sido condenado a dos sentencias de muerte en el Proceso de Burgos –famoso juicio de finales del franquismo, año 1969- , y 35 años más tarde volvía a estar “secuestrado” por “la estrategia de guerra del Estado español” en el sumario 18/98”. El veterano abertzale reclamaba “la palabra y la decisión” para Euskal Herria, y advertía que mientras esto no fuera así “no nos callarán”.

Iruin, tras leer las últimas palabras de quien también fue su amigo, valoró que si hubiera estado presente en la Sala Gorostidi hubiera agregado a esas palabras su “orgullo” por compartir banquillo con el resto de los procesados. “Ese orgullo es compartido también por estos nueve letrados, que aceptamos la defensa de todas estas personas y que lo volveríamos a hacer como muestra de afecto y de solidaridad hacia ellas”, declaró entonces Iruin. “Podréis absolverlos o condenarlos, pero lo que no podréis impedir es que amplios sectores de Euskal Herria hayan visto en estas personas un ejemplo a seguir en la defensa de los derechos”.

La presidenta, Angela Murillo ordenó suspender la sesión por la ovación de los acusados a las palabras del abogado. Tras el receso, tomaron la palabra los propios procesados para ejercer el derecho a la última palabra. Todos ellos hicieron suyas las últimas palabras de Jokin Gorostidi.

La presidenta dejó el juicio “visto para sentencia”, y fue entonces los acusados gritaron el “Gora Euskal Herria askatuta!” (¡viva Euskal Herria libre!) que puso fin a este juicio.

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13/03/07
Sesiones 196 y 197
Goirizelaia reclamó “una Justicia justa que no puede llevar más que a la absolución”

La abogada apuntó el particular punto de vista que los impulsores de este proceso judicial “tienen sobre el conflicto vasco y su modo de afrontarlo” para referirse a la disparidad de interpretaciones que se han efectuado sobre diferentes hechos a lo largo del juicio. En efecto, consideró que en lugar de enjuiciar actos delictivos, el fiscal realmente reclama de los jueces es que “condene el trabajo a favor del diálogo y el acuerdo” realizado por los acusados.

En referencia a la Asociación Europea Xaki, Goirizelaia puso en conocimiento de la Sala que el Tribunal Supremo español, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y la Sección Cuarta de la propia Audiencia Nacional habían descartado que hubiera desarrollado ningún hecho delictivo.

Goirizelaia explicó que esta Asociación Europea, incluída en el registro de asociaciones de Lakua y cuyo objetivo era dar a conocer la situación de Euskal Herria en el mundo e impulsar relaciones de hermandad con otros pueblos. “Lo que se está juzgando, lo vista como lo vista el Ministerio Fiscal”, es la labor desarrollada por ese área de relaciones internacionales. “El Estado español siempre ha tenido miedo de que fuera de sus fronteras la comunidad internacional conozca qué es lo que sucede en Euskal Herria y tenga información sobre un modelo de solución basado en el respeto a los derechos que exponían las personas que estan juzgando”, señaló la letrada, para quien el objeto de la operación fue “cortar” esa labor de información.

Kepa Landa finalizó su intervención agradeciendo la confianza depositada en él por sus defendidos y recordando al tribunal que “esto ha sido más que un juicio, ha sido mucho más que un procedimiento penal contra unas personas, por ello la identificación con ellas es mayor”. “Aquí se ha querido ir contra los derechos y las libertades de un pueblo. Ese pueblo es el mío y ésta es mi gente”.


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12/03/07
Sesiones 194 y 195
Elosua: el fiscal ha desarrollado una estrategia para “ocultar, tergiversar y mentir" sobre Zumalabe

En la exposición referente a la Fundación Joxemi Zumalabe los abogados destacando la ausencia de pruebas incriminatorias durante toda la vista oral y denunciando que “un amasijo de contradicciones, de medias verdades y de un trato discriminatorio” sobre los procesados desarrollada por el fiscal. El abogado Elosua denunció la estrategia de la fiscalía de “confundir y tergiversar” los hechos que son objeto de enjuiciamiento para sostener sus acusaciones.

Recordaron, en este sentido, que la propia UCI de la Policía española confirmó la tesis de la defensa sobre las actividades que desarrolla la Fundación. Incluso el agente de la Policía española que ejerció de portavoz admitió que debían modificar el contenido de sus informes. “Por eso no han hecho ninguna mención, ni la más mínima, a la prueba practicada, ni siquiera a la que ellos han propuesto”, señaló el abogado con respecto al informe final expuesto por las acusaciones.

El letrado denunció también que las comunicaciones de la Fundación estuvieron controladas por la Policía española durante dos años, además de la incautación por parte de la policía de toda su documentación -actas, temas de debate interno...-. Sin embargo, “la Fiscalía tenía todos los elementos para presentar a la Sala la realidad de la Fundación Joxemi Zumalabe, pero no lo ha hecho, porque no ha querido”. “Ha cerrado los ojos a toda la realidad que no concordaba con su tesis”, criticó por ello.

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09/03/07
Sesión 192 y 193
Arantxa Zulueta: “La sociedad de Euskal Herria sabe que la actividad de Ekin es legítima"

El fiscal, en su escrito de conclusiones, afirma que Ekin es una organización “sustitutoria” de KAS por lo que está “supeditada a ETA” y sigue sus directrices. Arantza Zulueta se dirigió a los magistrados para solicitar “que declaren la licitud de Ekin, tal y como lo pide la sociedad de Euskal Herria”. La abogada recordó que decenas de testigos, representantes de organizaciones políticas y sociales vascas han dado cuenta de su relación con el organismo encausado y valorado su legitimidad como interlocutor político. También trajo a colación las palabras del responsable de los agentes de la Policía española que han declarado en la vista -agente 19242- cuando reconoció que no tenía “ninguna prueba” contra Ekin, argumentando que había transcurrido muy poco tiempo desde su nacimiento hasta la operación policial en su contra.

Aitor Ibero, abundó en esta cuestión extrayendo las diferencias entre KAS y Ekin, cuando nació en 1999 -cuatro años después de que KAS se hubiera disuelto-. Además hizo referencia al auto de 4 de abril de 2001 de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional, en la que los magistrados consideraban que “no existe documento alguno atribuido a ETA o a Ekin que permita considerar la existencia de relación entre ambas organizaciones”. Certificaban que tampoco había constancia de ningún vínculo entre los imputados y la organización armada “a pesar de los seguimientos policiales”. Es por eso que en dicho auto tomaban la decisión de poner en libertad a los procesados por esta pieza que se mantenían en prisión preventiva. Recordar que esta sección que corregía continuamente la línea de actuación de Baltasar Garzón fue destituida por medio de un procedimiento disciplinario sospechoso.

Por último, el letrado Zigor Reizabal, analizó las acusaciones que la Fiscalía vierte sobre Ekin para argumentar su relación con ETA, como “la dirección superior de la puesta en práctica de actos de violencia complementaria” o el ejercer de “comisarios políticos” en los organismos de la izquierda independentista. El abogado consideró que la única base fáctica para soportar acusación son las declaraciones arrancadas bajo tortura a Xabier Arregi y a Xabier Alegria.


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08/03/07
Sesiones 190 y 191
La defensa denuncia la “falta de rigor" de los informes acusatorios

Los abogados de la defensa se refirieron a la “falta de rigor” de los informes que sustentan las imputaciones contra los encausados, tanto al referirse al escrito de conclusiones del fiscal como a los trabajos policiales que Enrique Molina ha utilizado para elaborar esas conclusiones. Documentos, todos ellos, plagados de errores o de simples conjeturas, sin base probatoria.

Jose Mari Elosua abordó las irregularidades manifiestas de los “delitos contables” que se les imputa a las personas relacionadas con las empresas editoras de Egin. El letrado defendió que ninguna prueba acredita tal delito y demostró que estos imputados ni siquiera pertenecían a los Consejos de Administración en muchos de los años en los que, supuestamente, se habría cometido esos delitos -entre 1992 y 1998-, por lo que no se les podrían exigir responsabilidades penales.

Alvaro Reizabal se refirió a la acusación de que Salutregi y Toda fueron nombrados director y subdirectora de “Egin” a raíz de una entrevista con un miembro de ETA. Los acusados relataron que dicha entrevista tuvo un objetivo meramente periodístico. Reizabal recordó que los dos guardias civiles que redactaron el informe admitieron que no habían visto nada de lo que aconteció dentro del hotel en que se produjo la entrevista, y que mucho menos habían oído el contenido de la misma. El letrado concluyó que el documento policial “está preñado de simples inferencias y conjeturas”. Explicó que la designación de director y subdirectora provino de un proceso en el que participaron todos los trabajadores de Egin basados en su “competencia profesional”, y no en ningún otro criterio.

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07/03/07
Sesiones 188 y 189
La defensa rechaza que “Egin" fuera un “frente mediático"

Iñigo Iruin continuó con su línea de defensa, ahora referida a los delitos de carácter económico, y el “delito de colaboración” relacionado con la labor comunicativa del diario Egin. Recordó que el fiscal acusa a Orain S.A. de actuar como “frente mediático” de la organización armada en virtud de su línea editorial, línea de opinión, línea informativa siguiendo directrices de ETA. Iruin se preguntó “qué es el frente mediático” que cita la acusación, agregando que “ni siquiera el fiscal lo sabe”. Recordó que en ningún documento de ETA se hace referencia a ese término. Más aún, expuso la contradicción que supone calificar a “Egin” de “frente de ETA”, y por lo tanto parte de la organización, y acusar a los responsables del diario de “colaboración”. “¿Colaborar con su propia organización?”, inquirió subrayando lo ilógico de esa tesis. Sobre la línea editorial e informativa de “Egin”, subrayó que todos los hechos citados se amparan en la libertad de expresión e información.

Carlos Trenor y Álvaro Reizabal, por su parte, desmontaron las acusaciones de carácter económico que pesan sobre el periódico.


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06/03/07
Sesión 186 y 187
Iruin: “Este juicio se sustenta en una ficción fáctica y una ficción jurídica"

Iñigo Iruin acusó al fiscal Enrique Molina de obviar la doctrina legal y la jurisprudencia para intentar crear una nueva definición de “organización terrorista”, e incluir en ese tipo penal a las organizaciones KAS, Ekin y Xaki, encausadas en este sumario. Para ello denunció sustentar este proceso mediante una “ficción fáctica” y una “ficción jurídica”. La primera por la errónea interpretación de que todos los grupos estos corresponden con “frentes” de acción de ETA. La segunda porque a este hecho atribuye la “interpretación extensiva y extravagante del delito de `integración en organización terrorista'“. Iruin consideró que toda la base del juicio radica en la interpretación de lo que es una “organización terrorista”. Así, el letrado resumió la tesis expuesta por el fiscal en su escrito de calificaciones señalando que para la acusación “ETA es la suma de la organización armada más el conjunto de frentes sectoriales”. Entonces, para la Fiscalía lo que caracteriza a una “organización terrorista” no son sus actos, “sino los fines que se proponen” y, sobre esta base, afirma también que “todas las estructuras sectoriales que comparten fines con ETA, aparecen contaminadas por ese núcleo armado”. Finalizó considerando que esta interpretación “ha quedado desvirtuada a lo largo de la vista oral”. Pero además, “construye un concepto de delito de `integración en organización terrorista' que no figura en el Código Penal ni es conforme con la jurisprudencia del Tribunal Supremo ni del Tribunal Constitucional”.

Arantza Zulueta abordó la evolución de KAS desde 1983 hasta su desaparición en 1995 y sobre la que pesa ser la conexión entre ETA y las organizaciones políticas y sociales sometidas a enjuiciamiento. En este sentido, destacó que KAS “es una organización que se ha dedicado a la actividad política, como coordinadora y como organización después”, una actividad que, tal como recordó, desarrolló siempre públicamente. La letrada negó que hubiera existido “una subordinación orgánica de KAS a ETA para implementar la estrategia” de la organización armada, tal como sostiene el fiscal, y recordó que el propio mando de la UCI que declaró en la Sala admitió que “no todo es ETA”.

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05/03/07
Sesión 184 y 185
Turno de la defensa: “este proceso tiene un impulso político y policial"

La primera sesión para la lectura del informe final de la defensa del sumario 18/98 sirvió también para poner sobre la mesa las bases en las que va a girar esta intervención y que se irán desarrollando los siguientes días. Principalmente se referirán al carácter político del juicio y las garantías procesales de las que ha adolecido la vista, con la violación de derechos fundamentales que esto ha acarreado a los acusados.

El primero de los letrados, José Mari Elosua denunció el “impulso político y policial” que está en el origen de este macrosumario que “sólo se entiende desde el análisis de lo que fue la `política antiterrorista' del Gobierno de José Maria Aznar” la que mantenía que “todo es ETA”. Recordó que la presidenta Angela Murillo ha tratado de censurar las intervenciones de los procesados, argumentando que “en esta sala no estamos para hablar de política, sino para juzgar unos hechos delictivos”, pero sin embargo, denunció que “se ha demostrado que la política es inseparable de este juicio y de los hechos que se imputa a los acusados”. Agregó el letrado que “no se están juzgando actos terroristas ni a organizaciones terroristas, se están juzgando unas actividades sociales y políticas”.

Por su parte, Jone Goirizelaia subrayó a su vez que “los acusados no están aquí porque hayan cometido un delito, sino porque han desarrollado un determinado trabajo político, periodístico, social y empresarial”. “Lo que aquí se pretende es que condenen a unas personas por su pertenencia ideológica a un sector social de Euskal Herria”. También se refirió a las declaraciones obtenidas bajo torturas: “ustedes han oído las declaraciones de estas personas. Dígannos que cuando Nekane Txapartegi explicó cómo la violaban estaba mintiendo”. De hecho, como recordó la abogada, el único dato para mantener la acusación sobre varios procesados son las declaraciones que Guardia Civil y Policía española hicieron firmar a cuatro de los imputados. “Si desaparecen esas declaraciones, no hay pruebas”, subrayó.

El abogado Kepa Landa dedicó su intervención a valorar la prueba pericial presentada por la Fiscalía, en concreto, los informes y las declaraciones de los agentes del Servicio de Información de la Guardia Civil y de la Unidad Central de Inteligencia (UCI) de la Policía española. Su carácter de peritos ha sido siempre rechazado por los abogados por no poderse considerar su participación como objetiva y científica, ya que han participado en las detenciones, interrogatorios, registros, escuchas telefónicas y traducciones de los documentos. Subrayó además que la jurisprudencia, y esta misma Sala, han negado el carácter pericial a los informes policiales por lo que esta prueba “está absolutamente viciada de nulidad”.


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27/02/07
Sesión 182 y 183
Informe de conclusiones de la AVT: mayores condenas

Los abogados Emilio Murcia y Carlos Rodríguez Segura en nombre de la acusación particular ejercida por la Asociación Víctimas del Terrorismo hicieron lectura de su informe de conclusiones. En él, hicieron suyos los principales argumentos del fiscal, pero manteniendo las peticiones iniciales, es decir, pidiendo un delito de «integración en organización terrorista» sobre aquellas personas para los que la Fiscalía había rebajado su petición a un delito de «colaboración», y manteniendo los delitos económicos que los propios peritos de Hacienda refutaron.

En cuanto a los contenidos se refirieron a lo que calificaron «el aparato económico, el aparato mediático y el aparato de relaciones exteriores» de ETA. Consideraron que «ha quedado acreditada la existencia de un aparato económico que, a través de KAS, ha financiado a todo el entramado terrorista», mientras que sobre «Egin» y su empresa editora, Orain, afirmó que tenían «vinculación con ETA». El representante de la AVT también declaró que la línea informativa del periódico la marcaba un «Consejo Político exterior», ajeno al Consejo de Administración, y que algunos imputados ejercían de «comisarios políticos por delegación del aparato militar». Sobre la pieza de Ekin se remitió a la «abundante prueba documental que obra en la causa», que ni siquiera el fiscal ha podido aportar -Molina admitió que tenía muy pocos datos sobre este organismo-, y a la Fundación Joxemi Zumalabe la acusó de «subvertir el orden constitucional en el día a día»

Consideró que los testimonios de tortura no tienen ninguna credibilidad y se basó en las declaraciones de Alegria, Egibar y Txapartegi para apuntalar su línea de acusación.


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26/02/07
Sesiones 180 y 181
La acusación finaliza hoy sus alegatos

El fiscal finalizó ayer la exposición de su informe defendiendo la validez de las pruebas presentadas por su parte. Así, justificó la idoneidad de las declaraciones policiales realizadas por acusados, aún y cuando los acusados denunciaron ante la Sala las durísimas torturas sufridas. El fiscal se escudó en que no hay ninguna sentencia condenatoria contra los guardias civiles y policías que torturaron a los procesados para defender su validez. «Corresponde al tribunal valorar si esas declaraciones fueron realizadas voluntariamente»También hizo valer el carácter pericial –experto y científico- de las declaraciones emitidas por los guardias civiles y policías españoles que han declarado en la vista.

Insistió en la tesis que viene esgrimiendo desde hace ya varios años. Se valió además de la última sentencia del Tribunal Supremo en el «caso Jarrai-Haika-Segi» para sostener que es la «finalidad» y los «objetivos» de una organización la que definen su «carácter terrorista», agregando que «el concepto de terrorismo no siempre se identifica con el de banda armada». En base a eso, valoró que si bien «ni KAS, ni el frente mediático -es como el fiscal denomina a «Egin»-, ni Ekin, ni Xaki son organizaciones armadas, participan de la organización unitaria» que constituye ETA.

Por esta razón, Molina solicitó a los jueces que declaren «ilícitas» a estas organizaciones, y ordenen su disolución, así como la de las empresas incluidas en el sumario. El fiscal no extiende esta petición a la Fundación Joxemi Zumalabe, a cuyos integrantes acusa de un «delito de colaboración». Enrique Molina finalizó su extensa alocución pidiendo al tribunal un veredicto de culpabilidad para las 52 personas que permanecen encausadas

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20/02/07
Sesión 179
El fiscal considera delictivo ser miembro de la izquierda independentista

El que una persona sea «significada » o «referencial» en la izquierda independentista es, en sí mismo, un motivo de sospecha para la Fiscalía de la Audiencia Nacional española. Enrique Molina aportó como elementos incriminatorios contra varios procesados en el sumario 18/98 el que hayan asistido alguna vez a asambleas de Batasuna o de Jarrai, viajado a Bruselas en una marcha organizada por el movimiento pro amnistía e, incluso, el haber ejercido de apoderado de EHAK en las elecciones de 2005.

Sobre Mario Zubiaga, profesor de la Universidad pública vasca y miembro de la Fundación Joxemi Zumalabe indicó que «tiene una fuerte referencialidad en la izquierda abertzale», que «es culto y tiene una gran formación», que imparte clases sobre desobediencia civil dentro de «la puesta en práctica de la estrategia de desobediencia de ETA». Por ello pidió contra él siete años de cárcel. Si bien reconoció que durante el juicio se había ofrecido a la desobediencia civil un espacio mínimo y de forma indirecta, el fiscal consideró que esto «no debe empañar" la valoración del tribunal, en sentido claro está condenatorio.

En referencia a la pieza Xaki mencionó declaraciones efectuadas por Mikel Egibar durante su detención a manos de la Guardia Civil y sobre las que posteriormente declaró haber sufrido torturas. Basándose en dichas declaraciones sostiene imputaciones contra el propio Egibar , Joxe Mari Olarra y Nekane Txapartegi.

La enfermedad del magistrado Póveda puso el colofón a la jornada

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19/02/07
Sesión 177 y 178
El fiscal comienza la lectura de su informe de conclusiones


Después de que la semana pasada acusación y defensa expusieran sus escritos de conclusiones finales, el juicio del sumario 18/98 asistió ayer al inicio de la lectura de los informes, en los que las partes harán un repaso pormenorizado de lo que, a su parecer, ha deparado este proceso.

En su turno, el fiscal realizó una valoración de la intensa solidaridad entre los acusados para establecer su relación y homogeneidad. «Este tribunal habrá podido comprobar la cohesión organizativa que se da entre los acusados, que se apoyan, se coordinan y se solidarizan entre ellos. Aunque formalmente pertenecen a diferentes organizaciones, mantienen una coordinación que sería digna de admirar en otros grupos».

A partir de aquí insistió en la idea que ha tratado de trasladar al tribunal, afirmando que «ETA es una organización terrorista que no es una simple banda armada» que mantiene una «unidad de actividad criminal», en la que «las distintas organizaciones sectoriales actúan de forma coordinada y sincronizada».

A continuación, hizo un breve y particular repaso de la historia de ETA, para finalizar su exposición en los organismos y empresas que están siendo juzgadas, y enumerar las imputaciones que pesan sobre ellas: KAS sería un «instrumento» utilizado por ETA para la «dirección del movimiento», que, a su vez, controlaría «un entramado empresarial dedicado al sostenimiento de los miembros de ETA en el extranjero» y a los propios militantes de la coordinadora. Ekin, según esta teoría, habría sido creado para «sustituir» a KAS; Xaki sería la última versión del «aparato de relaciones exteriores de ETA»; y la Fundación Joxemi Zumalabe habría cogido el testigo de ASK en «la dinamización del movimiento popular». Por último, «Egin» y de su editora, Orain S.A., constituirían el «frente mediático» o «cuarto frente» de ETA.

En este punto, el representante del Ministerio Fiscal no tuvo más remedio que admitir que el escrito de calificaciones de la acusación contenía graves errores, y que varias de las acusaciones que pesaban contra los procesados no tenían ningún sustento legal. Sin embargo, concluyó que participar en alguno de estos organismos es a su vez, por la «teoría del desdoblamiento» militar en ETA. «Todas las estructuras coparticipadas en esa estructura global" que para él es la izquierda abertzale «están contaminadas por los fines y objetivos" de ETA.


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12/02/07
Sesión 175 y 176
La defensa del 18/98 pide la libre absolución de todos los encausados


La defensa presentó su escrito de conclusiones definitivas, en el que, con profusión de datos y constantes referencias a lo visto y oído durante la vista oral, rechazan la tesis de la acusación para exigir la absolución de todos los encausados.

Consideraron que durante la vista oral que ha durado 16 meses no se ha constatado ningún “hecho constitutivo de delito”. Los abogados detallaron a la Sala los argumentos principales de su extenso escrito, de 329 folios, en el que rebaten la tesis de la acusación, tanto en su teoría general como en las imputaciones individualizadas.

La defensa aborda en primer lugar el capítulo sobre «la estructura de ETA y el origen y evolución de la Koordinadora Abertzale Sozialista (KAS)», y apunta que «es falsa la tesis de que todas las organizaciones, asociaciones, etc., que las propias acusaciones ubican en el universo de la izquierda independentista vasca, contituyen una sola organización, supeditada a ETA y dirigida por ETA». Esta tesis consideran que «tiene su origen en ámbitos extrajudiciales, interesados, habiendo sido ampliamente difundida a partir de los años 90 por algunos medios de comunicación». A este respecto, los letrados consideran que «esta afirmación general (todo es ETA), que sustenta las acusaciones, no se corresponde con la verdad histórica ni con la verdad sociológica, y constituye una construcción artificial».

Posteriormente el escrito considera que el denominado «Proyecto Udaletxe» que justificaría la existencia de una caja común de financiación no es más que «un invento de carácter policial cuya existencia no se ha acreditado en la vista oral», recuerda la defensa en sus conclusiones.
En referencia a la editora Orain y el periódico «Egin», la defensa se detiene tanto en la labor comunicativa desarrollada por el periódico en sus más de veinte años de andadura, como en los temas económicos que están siendo enjuiciados en la Audiencia para concluir que no ha habido actividad delictiva en su labor comunicativa ni en su gestión empresarial, recordando que existía un acuerdo con la Tesorería General de la Seguridad Social que demuestra la falta de intención de defraudar a este organismo.

Sobre Ekin, se recoge que se trata de «una experiencia organizativa nueva», que surge tras un proceso de reflexión sobre las «necesidades y carencias» de la izquierda abertzale en diferentes ámbitos, y se descarta que fuera un órgano sustitutivo de KAS.

Respecto de la Fundación Joxemi Zumalabe, además de evidenciar que no tiene nada que ver con ASK, los letrados negaron que haya puesto en marcha «el proyecto de desobediencia civil de ETA» lo cual es una contradicción.

Por último, con respecto a la pieza de la Asociación Europea Xaki, la defensa destaca que el fiscal mantiene una tesis sobre las actividades internacionales de ETA ya que esta a tenido su propia actividad en este campo, que ha desarrollado con sus militantes, por lo que no tiene sentido que delegue su labor en Kaki. Denuncia también que gran parte de las imputaciones en esta pieza se basan en declaraciones efectuadas bajo tortura.

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06/02/07
Sesiones 173 y 174
El fiscal recorta sus peticiones
El fiscal pide casi 500 años de cárcel

La Fiscalía de la Audiencia Nacional, Enrique Molina, arropado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza. expuso ayer sus conclusiones por las que mantiene que todos los organismos enjuiciados en este sumario y en otros dependen y están supeditados a ETA. Además solicita penas de prisión de entre 4 y 19 años a los imputados, dependiendo de si Molina les acusa de «colaboración» o «integración», siendo las personas encausadas por su relación con el Consejo de Administración del periódico Egin las que se enfrentan a las peticiones más altas de cárcel. Si antes se solicitaba un total de 927 años ahora se solicitan 484. Pepe Uruñuela es la única persona para la que se pide la libre absolución.

El representante de la AVT se adhirió a la petición fiscal.

En cuanto a los contenidos del informe fiscal con referencia a cada organización encausada este considerará, en base a lo que se ha escuchado en el juicio que en el caso Egin «ETA se apoderó del diario para el frente de masas para servir de anestesia a las masas afines al MLNV frente a los asesinatos". En cuanto a EKIN Molina admite que también tuvo presencia y actividad públicas, pero asegura que estaba a las órdenes de ETA ya que desarrollaba «cuidadas medidas de seguridad para eludir la posible criminalización de sus actividades". El fiscal argumenta que ETA desarrolla «relaciones exteriores" desde 1964, y a partir de 1996 la asociación XAKI adoptará esa responsabilidad, en concreto para “difusión de la Alternativa Democrática o la búsqueda de aval internacional al diálogo”. Por último, liga la fundación popular ZUMALABE con ETA, para que desarrolle «la apuesta por la desobediencia civil".


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05/02/07
Sesiones 171 y 172
Tras la documental de la acusación popular se escuchan las grabaciones

En esta sesión se procedió a leer los documentos reclamados por la acusación popular, personada en nombre de la Asociación de Víctimas del Terrorismo. Tras ello, se dio comienzo a la audición de las cintas que recogen grabaciones de conversaciones telefónicas de los acusados, demandada por el fiscal Enrique Molina. La defensa comprobó que estas escuchas no se correspondían con la lista que habían recibido anteriormente con las cintas seleccionadas, denunciando la actuación del fiscal por resultar «irregulares e ilícitas". También denunciaron que numerosos elementos de las escuchas eran íntimos y personales y que no aportaban nada al juicio..

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30/01/07
Sesión 170
Concluye la lectura de la prueba documental solicitada por el fiscal

Han trascurrido ocho sesiones en las que se ha practicado hasta su conclusión la lectura de los documentos que la fiscalía presentó como prueba. Dichas sesiones no han deparado apenas novedades, si no es las repetidas protestas de la defensa por el hecho de que no hay constancia del origen de muchos de los informes y textos a los que se ha dado lectura los últimos días. Únicamente han supuesto un desgaste mayor aún en los procesados que han tenido que soportar la lec han tenido que viajar miles de kilómetros, semana tras semana, para soportar la pesada lectura de cientos de documentos y la escucha de más de medio centenar de cintas.




29/01/07
Sesión 168 y 169
Se practica la escucha de las grabaciones telefónicas


24/01/07
Sesión 167
Se concluye con la lectura de los documentos


23/01/07
Sesiones 165 y 166
Prosigue la lectura de los documentos de la prueba


22/01/07
Sesiones 163 y 164
Se da lectura a la prueba documental

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17/01/07
Sesión 162
El tribunal del 18/98 admite diferentes traducciones de documentos en euskara

La defensa tuvo nuevamente que impugnar la traducción de varios documentos que obran en el sumario 18/98 por un lado, porque las personas que se están encargando de traducir los escritos del euskara al castellano no han acreditado la titulación necesaria para ello, y porque han asistido a las sesiones del juicio, de forma que están influenciados a la hora de realizar su trabajo. Además ya se hallan incorporadas traducciones realizadas por la Guardia Civil y la Policía española con traducciones erróneas que conducen a contradicciones. La presidenta de la Sala, Angela Murillo, dio por bueno el procedimiento

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16/01/07
Sesión 160 y 161
Los acusados entregan informes sobre la tortura a jueces y fiscal

En esta sesión fue de destacar el protagonismo que adquirieron las y los acusados al hacer entrega directa al Tribunal y al fiscal de Informes de organismos internacionales sobre la tortura en el Estado español y la actitud de los sucesivos gobiernos españoles ante las denuncias contenidas en esos informes y las recomendaciones de ellos emanadas. Los informes eran del relator contra la Tortura y el Comité para la Prevención de la Tortura de Naciones Unidas, del Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa y el Comisario para los Derechos Humanos de dicho organismo, así como organizaciones no gubernamentales como Amnistía Internacional, Organización Mundial Contra la Tortura o TAT. Así querían denunciar que con ese acto judicial lo que se pretende es dar validez a declaraciones realizadas bajo los efectos de la tortura y legitimar, por tanto, esas prácticas.

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15/01/07
Sesión 158 y 159
Inicio de la práctica de la prueba documental

Las siguientes sesiones tendrán como objeto la revisión y lectura de las pruebas documentales, como en el día de hoy referente a las declaraciones policiales y judiciales de Mikel Egibar, que denunció torturas, ante la Guardia Civil.

Los letrados defensores entregaron un escrito impugnando la lista de documentos a leer presentada por la acusación, porque en alguno de los casos suponía incorporar «prueba nueva», además de varias irregularidades que se aprecian referentes a falta de fechas, actas de entrada y registro, certificados de traducción... La presidenta hizo caso omiso a las alegaciones.

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09/01/07
Sesión 156 y 157
El fiscal propone un nuevo listado de documentos y grabaciones a practicar

Al comienzo de la vista los acusados mostraron su rechazo a la decisión de obligarles a asistir también a la lectura de más de mil folios y a escuchar un sinfín de grabaciones.

Precisamente, el fiscal Enrique Molina entregó al tribunal un nuevo listado de los documentos incorporados a la causa que pretende que sean leídos en las próximas semanas. La defensa hizo hincapié en que lo que el representante del Ministerio Fiscal había hecho era una «proposición de prueba nueva», de una forma, además, irregular en el trámite procesal y en modo en que no correspondía. Por ello, solicitó un aplazamiento de al menos una semana para analizar el listado del fiscal y fijar una posición al respecto. Tras una larga una reunión entre letrados y tribunal, ya después de la sesión, el juicio quedó suspendido hasta el lunes día 15.

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08/01/07
Sesión 154 y 155
La defensa renuncia a su prueba pericial

Tal y como recogíamos en anteriores crónicas la práctica de la prueba pericial de la acusación echó por tierra los argumentos de la fiscalía. Es por eso que la defensa tomó la decisión de renunciar a la práctica de su prueba pericial y documental en el entendimiento de que “los acusados están convencidos de que en este procedimiento se ha obtenido un resultado favorable a sus pretensiones, es decir, que la práctica de la prueba se ha saldado con un balance claramente negativo para el Ministerio Fiscal”. Por ello las defensas reclamaron al fiscal que hiciera lo mismo y renunciara a la prueba documental, para pasar así al trámite de conclusiones definitivas.

Asimismo, le instaron a que, una vez llegados a este punto, atienda a los criterios fijados por la Fiscalía de la Audiencia Nacional en relación al “caso Egunkaria” y “proceda a retirar todas y cada una de las acusaciones, para así abocar a una sentencia absolutoria para todos los acusados”.

Precisamente, el fiscal Miguel Ángel Carballo esgrimió varios argumentos jurídicos el 14 de diciembre de 2006 para pedir el archivo del procedimiento 44/04, referido a “Egunkaria”. Así, la defensa considera que el presente sumario 18/98 tiene «la misma estructura y carácter» que el de Egunkaria, en el que el fiscal Carballo muestra “su total disconformidad con el criterio de interpretación llevado a cabo por la Guardia Civil y por el juez instructor”. Añadió que en ese caso la propia fiscalía consideraba que las pruebas presentadas “no pueden implicar que los procesados estén inmersos en una asociación ilícita, y menos en una asociación terrorista”.

Enrique Molina no atendió a la petición y decidió mantener la prueba documental, que comenzará hoy mismo con la lectura de los miles de folios incorporados por él a la causa.

Esto supondrá la lectura de miles de folios y a escuchar un sinfín de grabaciones telefónicas. Por ello, la defensa pidió a la presidenta del Tribunal especial que se excusara la presencia de los acusados, carga que soportan desde hace trece meses, y que su presencia era innecesaria y no les generaría indefensión. Ángela Murillo en un nuevo alarde de autoritarismo se opuso a la medida. “No tenemos prisa”, añadió.

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18/12/2006
Sesión 153
El fiscal reconoce errores en su informe

Con la declaración de tres técnicos de la Seguridad Social los peritos de la acusación terminaron su declaración. En esta sesión Enrique Molina admitió que los delitos económicos de que se acusa a los responsables de Egin se apoyan en premisas erróneas, por lo que retiró la acusación referente a las deudas de la Seguridad Social.

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13/12/2006
Sesión 152
Los peritos de Hacienda sacan a la luz errores de bulto en el escrito del fiscal

Los funcionarios del Ministerio de Hacienda que declaran como peritos admitieron que a la hora de hacer sus informes desconocían el contenido, o la propia existencia, de documentos favorables a la defensa. Asimismo, corrigieron ayer varios aspectos que el fiscal incluye en su escrito de calificaciones amén de rechazar algunas de las imputaciones que sostiene la acusación en este sumario.

Iñigo Iruin subrayó que los peritos en su informe señalan que, en este caso concreto, no se puede imputar simultáneamente a los acusados un delito de insolvencia punible alzamiento de bienes y un delito fiscal porque ambos son «excluyentes», de forma que se puede acusar de uno o de otro, pero no de ambos a la vez. «Ese es nuestro criterio», corroboraron los funcionarios. Un criterio que, sin embargo, no sigue el fiscal, al acusar a cinco de los encausados de ambos delitos a la vez. Asimismo los funcionarios corroboraron que, en base a los datos dados por la defensa, no había intención de la empresa editora de eludir el pago de impuestos. Los peritos se habían sorprendido al ver las cuentas de Pérdidas y Ganancias, que ojearon durante bastante tiempo «¿Habían examinado antes esta documentación?», inquirió entonces el letrado.. «No, esta documentación no la habíamos visto», replicó el experto de Hacienda. Sobre la deuda con el IVA sucedió algo similar. «Eso no tiene sentido», declararon cuando conocieron las cifras esgrimidas por la acusación en torno a esa cuestión.

Un funcionario confeso que de haber tenido conocimiento de muchos de los documentos, públicos pero presentados ahora por la defensa, sus conclusiones «habría que matizarlas».


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