Sumario
33/01 contra Gestoras pro-Amnistía y Askatasuna
Informes parciales:
Mayo de 2008
Amalia Alejandre y José Manuel Hernández.
Abogados de Madrid
Miembros de la Iniciativa
Internacional Euskal Herria Watch
Proceso al movimiento pro amnistía y a
la democracia española
Los encausados por su militancia en el movimiento
pro amnistía han renunciado a su defensa
jurídica en señal de denuncia. Hernández
y Alejandre demuestran que lo que realmente no
tiene defensa posible es la estrategia del Estado.
¿Sus víctimas? los encausados y
la democracia.
En
el curso de las operaciones policiales contra
el movimiento pro amnistía vasco en la
madrugada del 31 de octubre de 2001, el juez Garzón
ordenó registrar varios locales y oficinas,
dos de ellos despachos de abogados, en Hernani
y en Pamplona. En el de Hernani, se solicitó
la presencia de un representante del Colegio de
Abogados, pero la Policía desatendió
esta petición y procedió al registro,
incautando documentación, ordenadores y
se precintaron los despachos. En el de Pamplona,
se incautó el ordenador de una abogada.
Garzón, en Bilbao por ésta operación,
fue informado por la abogada Arantxa Zulueta de
estos hechos, pero la operación continuó.
Tras los recursos pidiendo la nulidad de los registros,
se dictó auto el 7 de noviembre que ordenó
la devolución del material incautado, guardándose
el juez una copia del material. Así, se
vulneró gravemente el derecho al secreto
profesional, a la defensa como obligación
de los abogados y garantía de los justiciables,
a la inviolabilidad del domicilio profesional.
El
pasado 21 de abril de 2008, se inicia el juicio
del sumario 33/01 contra el movimiento pro amnistía
vasco. La actividad de estos organismos es la
denuncia pública de la violación
sistemática de garantías jurídicas
y procesales y de derechos humanos que padecen
los presos vascos así como impulsar la
solidaridad con ellos. Los 27 procesados, entre
ellos el abogado Julen Arzuaga, tienen un indiscutible
arraigo social y son parte de la sociedad civil
que denuncia las expresiones represivas del estado
y ayuda a las víctimas de esa represión
a la vez que desarrolla iniciativas en defensa
de las libertades y los derechos humanos.
El
primer día del juicio todos los procesados,
acusados de integración en banda armada
sin haberse individualizado hechos presuntamente
delictivos, han renunciado a su defensa jurídica,
porque no reconocen al tribunal que les juzga
y por la convicción de que la sentencia
ya está hecha. Señalaron, que no
les podían juzgar «por sus ideas».
La
Asociación de Abogados Europeos Demócratas
(AED), reunida en Ámsterdam el 19 de abril
de este año, muestra su preocupación
por estos macrosumarios y declara que «(...)
la interpretación extensiva de tipos terroristas
y la aplicación de esta legislación
excepcional, ha dado lugar a vulneración
de derechos fundamentales, como el derecho a la
defensa y el derecho a la presunción de
inocencia».
Además,
la AED, extiende su preocupación por la
«(...) instrucción de este sumario
(...), la entrada y registro de despachos profesionales
sin las garantías debidas al secreto profesional
y a la confidencialidad de las comunicaciones
con los clientes; la dilación indebida
del proceso y el abuso de las medidas cautelares...».
Por último, la AED, exige la «derogación
de tribunales de excepción como la AN».
Este
nuevo dislate jurídico que supone el proceso
33/01, sólo se explica por el impulso político
que contamina todos estos sumarios. Tras el 11-M
en 2004, PSOE y PP rompieron el consenso en esta
materia, pero no el «Pacto por las Libertades»
del 2000. Esto ha supuesto un uso virulentamente
partidista del problema vasco en el que la única
diferencia era la intensidad en pedir su aplicación.
Fracasada la negociación entre el Gobierno
del PSOE y ETA, a finales de 2006, las líneas
maestras de ese pacto vuelven a desplegarse.
El
encarcelamiento de casi toda la dirección
política de la izquierda independentista
vasca, los nuevos procesos de ilegalización
de partidos políticos en curso (ANV y PCTV)
y el ingreso en prisión el pasado 30 de
abril de la alcaldesa de Mondragón, Ino
Galparsoro, acusada de «rebeldía
contumaz» a la suspensión de su partido
por una rueda de prensa, etcétera, expresan
una profundización de la excepcionalidad
de normas que conculcan derechos fundamentales
proclamados en la Constitución de 1978.
La Ley de Partidos Políticos de junio de
2002, permitió, tras su tramitación
ante el TS, la ilegalización de Batasuna.
El apriorismo de «todo es ETA», inventado
por Garzón e impulsado por PP-PSOE y por
casi todo el arco parlamentario, supuso más
ilegalizaciones y la prohibición de acudir
a las elecciones a expresiones políticas
que pudieran ser referentes de ese sector de la
sociedad vasca. El juego electoral se prohíbe
para cientos de miles de ciudadanos por sus ideas.
La opción independentista que preconizan
y su desacuerdo con el marco constitucional vigente,
tiene todo que ver con esta privación de
derechos políticos.
Si
la Constitución regula el pluralismo político
y el derecho al sufragio como valores esenciales
del ordenamiento y se ilegaliza a opciones políticas
contestatarias, se constata el déficit
democrático del Estado. No se protege la
discrepancia, sino que, se la elimina legalmente.
La defensa de los derechos políticos y
las libertades lo son para todas las personas
y los pueblos, a la vez que condición necesaria
para la democracia. Condenar las ideas y prohibir
la confrontación política a ciertas
opciones, abona el avance del totalitarismo.
La
garantía de los derechos de las personas
y la separación de poderes son principios
básicos de un estado democrático.
La separación de poderes exige la soberanía
parlamentaria. El poder ejecutivo debe estar sometido
a la ley y al derecho. El poder judicial debe
ser independiente pero la clamorosa politización
de la justicia refleja que el sistema no funciona.
La
práctica política y mediática
de criminalización de las ideas independentistas
-cuando no las nacionalistas sin más-,
así como su identificación con la
violencia, supone la deslegitimación de
las ideas y la justificación de la razón
de estado como excusa para limitar derechos fundamentales.
La
plena libertad ideológica, asociativa y
de expresión es la mejor manera de hacer
creíble un sistema democrático.
Estrechar los márgenes de libertad, criminalizar
al disidente, potenciar el «derecho penal
del enemigo» para perseguir a la oposición,
así como imponer la Constitución
como algo intocable, a pesar de sus enormes déficits
democráticos, es un atentado a la democracia
que se dice defender.
El
ministro Rubalcaba falta a la verdad cuando acusa
de manera genérica a la izquierda independentista,
de ser causante de la violencia en Euskadi. Se
equivoca al subirse de nuevo al carro del pacto
antiterrorista del 2000, pues esa mirada unilateral
muestra una parte de la violencia, pero no toda.
La única solución justa y democrática,
pasa por asumir que existe un conflicto político.
El sentimiento y el derecho de un pueblo a decidir
por sí mismo no puede ser ni ignorado ni
prohibido.
La
solución a un conflicto político
ha de ser política y justa. La Constitución
española de 1978, puede y debe ser reformada,
para que el derecho de autodeterminación
de los pueblos pueda ejercerse si así lo
deciden. Actualmente es un derecho prohibido fruto
de la transacción política llevada
a cabo al morir Franco. No hacerlo así,
no apostar por la política con mayúsculas
y el diálogo como forma de resolver los
conflictos, nos conduce a menos democracia y más
desestabilización, a nuevas leyes excepcionales
destinadas a sectores sociales que cuestionan
el orden establecido. En definitiva, al imperio
de la razón de estado sobre las leyes y
sus secuelas de represión y degradación
de la democracia.
José Manuel Hernández de la Fuente
y Amalia Alejandre Casado, abogados
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